PONFERRADA Y LEÓN: DISPUTAS HISTÓRICAS (2ª PARTE RENOVADA).
PONFERRADA Y LEÓN: DISPUTAS HISTÓRICAS (2ª parte renovada)
por Xabier Lago Mestre, del colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo
PROBLEMAS EN REPARTIMIENTO PARA CONSTRUIR PUENTES.
-Julio de 1530, León da poder a Antonio Manso ante Consejo, Chancillería o corregidor de Ponferrada para alegar sobre repartimiento hecho para construir puente de Cacabelos, porque la ciudad de León alega estar fuera de las 20 leguas, dentro de las cuales se hace el repartimiento, para no contribuir económicamente a su construcción.
-Julio de 1530, León da poder a Antonio Manso ante Consejo, Chancillería o corregidor de Ponferrada para alegar sobre repartimiento hecho para construir puente de Cacabelos, porque la ciudad de León alega estar fuera de las 20 leguas, dentro de las cuales se hace el repartimiento, para no contribuir económicamente a su construcción.
-Año de 1645, pleito ante la Real Audiencia de Galicia, por conflicto entre justicia y regimiento de A Coruña, Mondoñedo y otras partes con el corregidor de Ponferrada sobre repartimiento de maravedís para el puente de Cacabelos. Las poblaciones de Galicia pleitean para no tener que pagar en la construcción del puente berciano.
RESTRICIÓN DE ENTRADA DE VINOS BERCIANOS EN CIUDADES LEONESAS.
-Agosto de 1545, Requerimiento de la ciudad de León ante el corregidor de León para que no permita la entrada de vino de El Bierzo.
-Agosto de 1545, Requerimiento de la ciudad de León ante el corregidor de León para que no permita la entrada de vino de El Bierzo.
-Mayo de 1734, Expediente de licencia solicitada por el tesorero de la catedral de Astorga para introducir vinos de sus rentas de Molinaseca, Villar de Barrios y lugar de Campo en la ciudad de Astorga (AHMA).
REPARTIMIENTOS PARA PAGO DE SERVICIOS REALES.
-Julio de 1521, el concejo de Ponferrada dice que “a causa de revueltas pasadas de estos reinos esta villa y su jurisdicción e vecinos de ella han quedado muy gastados (…)”, y ahora se les pide “tan presto executar y cobrar los servicios e pechos a su M. devidos e repartidos (…)”, piden la suspensión del repartimiento hasta la venida del rey a estos reinos (AGS. CC).
-Julio de 1521, el concejo de Ponferrada dice que “a causa de revueltas pasadas de estos reinos esta villa y su jurisdicción e vecinos de ella han quedado muy gastados (…)”, y ahora se les pide “tan presto executar y cobrar los servicios e pechos a su M. devidos e repartidos (…)”, piden la suspensión del repartimiento hasta la venida del rey a estos reinos (AGS. CC).
-Año de 1522, tras la recaudación de los servicios reales por Fernando de Villafame, vecino y regidor de la ciudad de León, la villa de Ponferrada suplica al Rey mande se vuelvan a los dichos lugares como a otros se han vuelto o que los mande librar en las dichas rentas AGS. CC).
-Año de 1522, el marqués de Villafranca indica que se anda cobrando el servicio real por el regidor de León, Hernando de Villafame, y “la tierra está algo escandalizada y teme que si la cobranza va adelante se lebantará” (AGS. CC).
-Febrero de 1529, Provisión de Carlos I con comisión a Francisco de Santiago y al escribano real para que vayan a la ciudad de León, Principado de Asturias y villa de Ponferrada y demás villas para averiguar el repartimiento de padrones de pecheros.
-Año de 1580, el receptor del Servicio Real insta al corregidor de Ponferrada, Diego de Acevedo, que prenda a los regidores de la villa por no pagar los tributos reales correspondientes a la segunda mitad de dicho año. La tesorería de la ciudad de León era la encargada de recaudar y administrar los servicios reales de la corona de Castilla (JDRC).
PAGOS DE LAS ALCABALAS.
-Junio de 1503, Juan de Montalvo, corregidor de Ponferrada, manda hacer información y probanza acerca del privilegio de exención de portazgos de vecinos de Astorga para pleito entre regidor de Astorga y arrendador y recaudador de alcabalas de Ponferrada (AHMP).
-Junio de 1503, Juan de Montalvo, corregidor de Ponferrada, manda hacer información y probanza acerca del privilegio de exención de portazgos de vecinos de Astorga para pleito entre regidor de Astorga y arrendador y recaudador de alcabalas de Ponferrada (AHMP).
-Julio de 1549, Provisión de Carlos I ordenando a justicias de sus reinos y señoríos hagan traslado de carta ejecutoria de los Reyes Católicos de 20 de mayo de 1504, sobre aranceles y derechos que se llevan desde la villa de Benavente hasta el puerto de Cebreiro en la provincia de El Bierzo y obispados de León, Astorga y Oviedo.
-Enero de 1668, Provisión de Carlos II dirigida a corregidores de León, Ponferrada y Sahagún, alcalde mayor del Adelantamiento del reino de León y gobernador del Principado de Asturias para que desde el 1 de enero de 1668 se paguen las alcabalas de los partidos de León, obispado de León, Astorga y Principado de Asturias al arrendador Juan Francisco del Pozo.
PAGO DE LA HERMANDAD DE CASTILLA.
-Abril de 1480, resistencias al pago de la Hermandad de Castilla y León, “de la justicia e de la recabdación de los maravedís de la contribución de la hermandad porque la villa de Cacavelos no querían pagar aquello en que estaba encabeçado, después de aver rescibidos requerimientos contenidos en las leis de la Hermandad. Y ellos no queriendo pagar lo que fera a su cargo el dicho Luys de Ribera, como juez executor, diz que mando faser escarnio por lo debido (…)” (AGS, RGS).
-Abril de 1480, resistencias al pago de la Hermandad de Castilla y León, “de la justicia e de la recabdación de los maravedís de la contribución de la hermandad porque la villa de Cacavelos no querían pagar aquello en que estaba encabeçado, después de aver rescibidos requerimientos contenidos en las leis de la Hermandad. Y ellos no queriendo pagar lo que fera a su cargo el dicho Luys de Ribera, como juez executor, diz que mando faser escarnio por lo debido (…)” (AGS, RGS).
PAGO DE RENTAS A LA CIUDAD DE LEÓN.
-Junio de 1612, apeos y reconocimiento de patronato de foros de Salas y otras rentas en Castropodame, Teixedo de Ancares, S. Martín de Espiñareda y otros de Ancares pertenecientes a la ciudad de León.
-Junio de 1612, apeos y reconocimiento de patronato de foros de Salas y otras rentas en Castropodame, Teixedo de Ancares, S. Martín de Espiñareda y otros de Ancares pertenecientes a la ciudad de León.
-Noviembre de 1815, Provisión real para que justicias de pueblos del partido de Ponferrada, donde viven personas que tienen aforadas fincas propias de la ciudad de León, compelan a pagar las cantidades que adeudan.
CENTRALISMO EDUCATIVO Y BENÉFICO.
-Desde 1766 el monasterio de Santo Andrés de Espiñareda cuestiona la construcción del Seminario de Astorga, “aunque se establezca Seminario conciliar, no por eso dejará de concurrir a este Estudio igual número de estudiantes, tanto de la Provincia del Vierzo, como del Valle de Valdeorras y otras partes por hallarse menos distantes de él, que de la ciudad de Astorga serles menos costosa su manutención y posadas; de forma que nunca se pueda conceptuar el Seminario Conciliar por único Estudio de la Diócesis ni creerse que V.M. quiera se arruiene otros que han sido tan útiles y lo serán en lo sucesivo (…)”.
-Desde 1766 el monasterio de Santo Andrés de Espiñareda cuestiona la construcción del Seminario de Astorga, “aunque se establezca Seminario conciliar, no por eso dejará de concurrir a este Estudio igual número de estudiantes, tanto de la Provincia del Vierzo, como del Valle de Valdeorras y otras partes por hallarse menos distantes de él, que de la ciudad de Astorga serles menos costosa su manutención y posadas; de forma que nunca se pueda conceptuar el Seminario Conciliar por único Estudio de la Diócesis ni creerse que V.M. quiera se arruiene otros que han sido tan útiles y lo serán en lo sucesivo (…)”.
-Año de 1789, al fundarse el hospicio de Astorga se le conceden los tributos que recaen sobre la Provincia de El Bierzo y que cobraba el hospicio de León (1 maravedí por cada azumbre de vino vendido al por menor). Ponferrada presenta Cédula de Carlos III, dada en Aranjuez, por el que se declara exenta de esos pagos porque al estar lejos de León les es muy costoso trasladar a su Casa de Misericordia los expósitos de la provincia berciana.
-Noviembre de 1794, el Consejo Real insta al administrador de la Casa de Misericordia y Niños Expósitos de León dispusiese por su cuenta en dicha villa de Ponferrada una Casa de Expósitos, donde se recibiesen los niños bercianos “por la distancia que había desde muchos pueblos de dicha Provincia a aquella ciudad”.
O Bierzo, abril de 2011.
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