CONTROL DE LAS COSTUMBRES POR LA IGLESIA (3ª PARTE)
CONTROL DE LAS COSTUMBRES BERCIANAS POR LA IGLESIA (3ª PARTE),
por Xabier Lago Mestre.
CONSTITUCIÓN DE COFRADÍAS
ASISTENCIALES.
La
iglesia católica fomentó la constitución de cofradías para realizar labores
religiosas, caritativas y asistenciales. En las parroquias rurales se creaban
cofradías asistenciales entre sus feligreses (fregueses). En las actas de
fundación de las cofradías se reglamenta su actuación, “deseosos de gozar sus
imponderables frutos, gracias, indulgencias, jubileos y privilegios (…)” (cofradía
de Ntra. Sra. Del Rosario de Villanueva de Valdueza en 1764). Recordemos que
era común la compra de bulas de indulgencias que perdonaban los pecados a sus
propietarios, en este caso a los cofrades, lo que les reportaba un beneficio
espiritual incuestionable para la mentalidad religiosa de la época que
tratamos.
En las visitas
pastorales de los prelados astorganos a la provincia de El Bierzo se deja bien
claro que los estatutos de las cofradías deben ser aprobados por ellos. En
octubre de 1772, el obispo Juan Manuel Merino escribe “siendo contra derecho la
tolerancia de cofradías que no están aprobadas sus constituciones, manda su
Ilustrísima que las de las llamada de Nuestra Señora de las Candelas, la del
Dulce Nombre de Nuestra Señora y la de san Antonio, en el perentorio término de
sesenta días formen constituciones que les sirvan de regla y gobierno, y las
presentarán a su Ilustrísima para su aprobación que dará en la parte que la
merezcan. Y no lo cumpliendo así, manda su Ilustrísima que este cura no
tolere ni permita otras cofradías que
los conducen a la destrucción para hacer gastos que no sufren los cofrades y
pobreza de muchos (…)”.
El carácter
asistencial de las cofradías bercianas se aprecia con la pausada lectura del
articulado de sus estatutos o constituciones. “Artículo 3º. Mandamos que
siempre que salga de la iglesia el Santísimo Sacramento para llevar el Viático
a algún enfermo hayan de acompañarle
cuatro hachas, cualquiera que sea el enfermo.
Y si el enfermo fuere cofrade, han de acompañarle ocho hachas. Y el
Mayordomo que no estuviere pronto para sacar y distribuir la cera, pagará 3
reales para aumento de la cofradía (…). Art. 8º. Ordenamos que si algún cofrade
falleciese fuera de la jurisdicción del pueblo pero a la distancia de una
legua, el juez penará 12 hermanos para que con el mayordomo, y llevando cada
uno su hacha y las 16 para los hacheros, pasen a asistir al entierro con la
cera encendida hasta darle sepultura” (J. D. Rodríguez Cubero: Las cofradías de
Nuestra Señora en la parroquia de Villanueva de Valdueza).
IMPOSICIÓN DE FIESTAS RELIGIOSAS.
La
Iglesia católica española tenía sumo interés en fomentar sus festividades
religiosas para imponer su ideología religiosa frente a otras de carácter
tradicional y popular. Como ejemplos destacados, en el período medieval logró
gran éxito la fiesta del Corpus Cristi, y en el siglo XVII sucede lo mismo con
la Purísima Concepción. La propia corona, a través del rey Carlos III, tomó la
iniciativa en este caso. Así, en 1779 dicho rey extendió a todas las
universidades peninsulares la obligación legal de no conceder grados
universitarios a los que no jurasen defender la doctrina de la virgen sin
mancilla. Tras la presión eclesial y real el dogma inmaculista (virgen sin
pecado) se fue imponiendo en las villas y ciudades de España para el 8 de
septiembre. Villafranca del Bierzo aprobó también el voto de la Inmaculada Concepción
en el año 1626, para lo cual se organizó la preceptiva procesión desde la
Colegiata a la Anunciada con el visto bueno de los Jesuitas, según Vicente
Fernández Vázquez (en “La historia de la música en El Bierzo del siglo XV al
XVIII”, en revista Bierzo).
EL CALENDARIO CATÓLICO SOBRE EL
AGRARIO.
Los
campesinos bercianos seguían su propio calendario agrícola de tipo estacional,
otoño, invierno, primavera y verano. Tenemos que contar con la influencia de
los calendarios prerromanos y romanos. Así el solsticio de invierno (21 de
diciembre) coincidía con las calendas romanas a Jano (24 de diciembre, Las
Juvenalia). Y el equinoccio de primavera (20 a 21 de marzo) determina igual
duración del día y la noche. Mientras que el solsticio de verano (21 a 22 de
junio) presenta la máxima desigualdad entre el día y la noche. El poder del
satélite lunar en sus variantes (chea, minguante, nova y crecente) sobre los
cultivos también se tiene en cuenta a la hora de las labores agrícolas (arada,
sementeira, seitura, poda…).
La
Iglesia Católica propuso también su calendario alternativo al pagano o
agrícola. Para ello hace coincidir su santoral con los hitos festivos
campesinos. Se trata de forzar la identificación de las festividades cristianas
con las paganas. Así, si Jesús nació en fecha cercana al solsticio de invierno,
se fijó el nacimiento de San Juan Bautista seis meses antes, coincidiendo con el solsticio de verano (del
20 al 22 de junio).
El
calendario católico fijó fechas y períodos muy concretos. Comenzamos con el
ciclo de Navidad, con el tiempo del Adviento (desde el 1 domingo de adviento
hasta el 24 del mismo mes), la Navidad (del 24 de diciembre al 14 de enero) y
la Epifanía, desde esa última
fecha. Después viene el ciclo de Pascua,
con la Redención, con la Cuaresma (miércoles de ceniza), tiempo de Pasión. Y
posteriormente Pascua y Pentecostés.
O Bierzo, xuño de 2012.
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