martes, julio 07, 2009

LAS CERCAS DE PONFERRADA (Y 2)


LAS CERCAS DE PONFERRADA: REPARACIÓN Y RESISTENCIAS (y 2),
Por Xabier Lago Mestre, Fala Ceibe do Bierzo.



Seguimos analizando la problemática de la reparación de las cercas de Ponferrada, en la primera década del siglo XVI, a través de la documentación conservada en el Archivo Histórico de Simancas. En este contexto el alcaide de la fortaleza de Ponferrada, Fernando de Torres, se queja ante la reina Juana sobre la situación en que se encuentra la fortaleza y las cercas. El oficial real manda ver “este memorial que va con esta petición, firmado de my nombre y proveer en el o mande ver (…)”. En la petición se indica “que la cerca desta villa de Ponferrada en algunas partes está cayda e tiene algunos portillos. E como quyera que yo aya requerido al consejo, corregidor e regidores desta vylla que los tapen e çierren por manera que ningunas personas puedan entrar por ellos conforme antiguamente solyan estar”.


Diferencias entre Villa y tierra.


Seguidamente el alcaide hace referencia a los problemas que hay para la reparación de las cercas ponferradinas por ciertas resistencias. “No lo an querido hacer ponyendo a ello algunas escusas e diferencias que ay entre la vylla y tierra tienen”. E insta a la reina lo que “cumple a vuestro servicio a bien mandar a la villa y tierra luego se junten a los tapar y tener la villa cercada”. Insiste en las diferencias entre villa y su tierra a la hora de realizar las reparaciones de la cerca, “no embargante todas sus diferencias, las quales diferençias son sobre que la villa dize que los lugares de las aldeas anden reparar y tener reparada la dicha cerca por cuadrillas. Y los de las tierra y aldeas dizen que se a de pagar de la renta del castillaje que la villa tiene que renta obra de diez y siete mil maravedís. E destos diez y siete mil mrs. Cumple el consejo algunas necesidades e si a esto se da lugar se cerrara. E de todo se caera por la dilaçion que en lo averiguar avria. De que en ello a vuestra Alteza sea servida cumple a vuestro servicio lo mande proveer en manera que los dichos portillos se çierre”.


Otro documento del mencionado archivo estatal de Simancas, con fecha de 9 de marzo de 1506, nos informa de que en la villa de Ponferrada, “estando en consistorio de nuestro en las casas de morada de Alonso de Ribera, corregidor de la villa e su tierra por sus altezas (…)”, también están presentes regidores, el procurador general de la villa, el procurador de Campo y procurador de S. Lorenzo entre otros asistentes. El regidor Alonso de Madrid “dixo en como bien sabían que la çcerca de la dicha villa estaba derrocada e mal tratada (…), avya enviado a la corte a suplicar mandase dar logar para que se podiesen repartir hasta en quantía de quarenta mil maravedís asy en la dicha villa como en la dicha tierra e que sus altezas avian enviado una carta al dicho Alonso de Ribera, corregidor, para que informase de la verdad, sy avía propios en la dicha vylla para hacer la dicha cerca (…)”.


El referido documento continúa con el relato de la intervención del corregidor, “y cerca dello el dicho corregidor ovo información e fiço pesquisa de los propios de la dicha villa y lo enbio todo a sus alteças”. Posteriormente, los reyes mandaron “por una carta en que mandaban repartir cinquenta mil maravedís por la dicha villa y tierra. Y que lo que copiese a pagar a la dicha villa se echase sysa en ella. Y lo que copiese a pagar a la dicha tierra e jurisdiçion fuese por via de repartimiento según que mas largamente se contenía en la dicha carta. Y por tanto bien sabían como el año pasado de mil e quinientos e cinco años se avy fecho en la dicha cerca muchas tapias en que se avyan gastado mas de diez mil mrs. Y que la dicha villa avya echado e repartido tres mil mrs para ellas. E que para pagar al maestro que fizo las dichas tapias faltaban de pagar siete mil mrs”.


Repartimiento entre los lugares de la tierra de Ponferrada.


Los presentes en la morada del corregidor de Ponferrada toman la resolución de repartir entre los lugares de la tierra la cantidad a cobrar. “Y que avia acordado y acordaron en el dicho consistorio que el logar de Campo repartiese entre sy y su partido tres mil mrs, y el logar de San Lorenzo repartiese entre sy y su partido tres mil mrs, e los logares de Otero e Unamio e Pondebueça repartiesen (f.1r) mill mrs en que se montan los dichos siete mill mrs. Y porque bien sabían las fatigas que tenyan en los pleitos de Carrazedo y en otras necesidades muchas que la dicha villa tenya de manera que no tenyan mrs ningunos de los dichos propios para lo poder suplir que de otra manera no les echarían cosa ninguna. Por ende que les rogaban y mandaban que ellos quisiesen faser cada uno sus repartimientos de los dichos mrs que asy les avya echado e mandarlos coger e acodir con ellos al procurador y mayordomo de la dicha villa. Para que el dicho procurador e mayordomo pagase a los dichos oficiales que avya fecho la dicha obra porque para en lo adelante trabajarían por reservarlos do mas que podiesen para non les echar mas dinero. O sy quisiesen hacer la dicha cerca por quadrillas posyesen mano luego a ellas. E se fesiese cada uno de los dichos conçejos lo que eran obligados a faser y non pagasen blanca ny se la reparterían y que bien veyan ser servicyo de sus altesas y bien dela dicha villa”. En fin que se ofrecen dos posibilidades a los lugares de la tierra, o pagar los maravedís o hacer la obra mediante trabajos comunitarios o serventía.


Pero los procuradores de la tierra, Juan de Sobrado de Campo y Cristobal Myelgo de S. Lorenzo, dieron su opinión al respecto, “dixieron que querían ver la dicha carta de sus altesas”. Ante lo cual, el regidor y bachiller Alonso de Madrid y el juez “fueron a la arca de consejo e troxieron la dicha carta original de sus altezas. Y el dicho bachiller Alonso de Madrid les leyó la dicha carta a los dichos procuradores”, los cuales “dixieron al dicho corregidor que asy como por la dicha carta le fasya mero executor della la presentaban e presentaron ante su merçed e la mandase cumplir segund e por la forma que en la dicha carta se contenya, cerca delo qual dixieron que si asy lo feziese que facia bien he dicho e lo que era obligado faser en otra manera que protestaba dese quexar a sus altesas”. Así pues, los procuradores de los lugares se refieren a su recurso a lo acordado por el consistorio ponferradino sobre el repartimiento para la reparación de la cerca de la villa.


Resistencias y coacciones del corregidor.


Además, los procuradores de los lugares de la tierra “pedían les mandase dar copia e traslado de la dicha carta para que podisen ver lo que avia de hacer”. Pero el corregidor rechaza esta petición de los procuradores, “dixo que no era obligado a mandarles dar ningund traslado de la dicha carta por quanto el no venya sy no por mero executor della y non (f.1v) como juez. Y pues no se estendia su facultad mas de para executar que el les mandaba de parte de sus altesas cumpliese luego cada uno dellos lo que por la vylla les era repartido y mandasen faser el dicho repartimiento. Y lo mandasen coger para que de oy dia en treinta días primeros siguientes diesen los dichos mrs por ellos repartidos al procurador de la dicha villa so pena de cada cinco mil mrs para la cámara de sus altesas. Y mas a la persona delos dichos logares que fuesen contra este dicho repartimiento y no quysyere pagar de los dosyentos mrs a cada uno para la dicha cámara de sus altesas, los quales dende agora los aplicaba e aplicó a la dicha cámara”.


De nuevo los procuradores de los lugares de la tierra protestan por la actitud negativa del corregidor, “dixieron que lo resçibian por agravyo e que apelaban del ciho mandamiento e pena para ante sus altesas e para ante quien con dicho se vyesen (…)”.


O Bierzo, junio de 2009.
www.obierzoceibe.blogspot.com

3 Comments:

Anonymous Anónimo said...

Las cercas se ponen para que no la traspasen las bestias.
Un ejemplo;Cortatelo

2:43 p. m.  
Blogger Xabier Lago Mestre said...

grazas por visitar esta bitácora de tipo histórica para que todos poidamos aprender algo máis sobre a historia rexional do noso Bierzo.

2:32 a. m.  
Anonymous Anónimo said...

De nada;Cuernatelo.Ya se que eres muy "AGRADECIDO".
Encantado de venir y opinar en tu atractivo e interesante Block.
Estoy seguro que despues de ti;soy quien más escribe aqui.

6:37 a. m.  

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