lunes, diciembre 18, 2017

LA DOCTRINA JURÍDICA SOBRE LA COMARCA.


LA DOCTRINA JURÍDICA COMARCALISTA.
por Javier Lago Mestre,
Colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo.

El reconocimiento legal de la Comarca de El Bierzo ha favorecido un mayor interés por la doctrina jurídica. De ahí que los académicos del derecho español hayan incluido el estudio de la institución berciana en el proceso comarcalizador peninsular. Los estudios jurídicos inciden en la singularidad de nuestra Comarca dentro la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Veremos seguidamente diversas opiniones académicas sobre la valoración jurídica de nuestra Comarca.

Comenzamos por Mª Concepción Barrero Rodríguez que estudia las fórmulas asociativas municipales. Ella destaca que la institución berciana representa una “unidad territorial verdaderamente importante y representativa de los intereses de unas áreas con identidad propia”. Y critica que su existencia se pueda vincular a una mera “prestación asociada de servicios municipales”. Además, para ella, “no estamos ante una ley que atribuya competencias a la Entidad que crea sino ante una norma que se limita a fijar cuales son aquellos sectores de la actividad de los que estas pueden extraerse” Así pues, la Ley comarcal exige una negociación entre la Junta de Castilla y León y el Consejo Comarcal para concretar las atribuciones descentralizadas.


Por lo que se refiere a M. Arias López, en su investigación sobre La Comarca como entidad natural (2014), insiste en “el reconocimiento individualizado de la comarca de El Bierzo, atendiendo a su singularidad dentro del territorio regional”. Mientras que R. Salanova Alcalde, que estudia la comarcalización de Aragón (2002), incide en que El Bierzo “tiene todavía pendiente la consolidación definitiva de su ámbito competencial”.

El investigador de las instituciones históricas de España, Enrique Orduña Rebollo, también hace mención a El Bierzo. Reconoce “la conveniencia de que se mantenga el reconocimiento de un espacio territorial diferenciado, enriquecedor de las peculiaridades regionales de Castilla y León” (2004) para El Bierzo, en base a su caracterización geográfica, histórica, agrícola, etc.


Los investigadores de la comarcalización catalana también se fijan en El Bierzo. Tomás Font Llovet, en su Gobierno Local (2008), insiste también en la singularidad berciana, aunque “no acaban de vencerse  las dificultades institucionales para la estabilización de su gobierno y sus relaciones con la Junta”.  

Los estudios jurídicos sobre la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local han incidido en la comarcalización de España. El profesor Fco. Velasco Caballero reconoce que esta nueva legislación local respeta la estructura comarcal de las Comunidades Autónomas. Y menciona expresamente la Comarca de El Bierzo (2014).


El catedrático de Derecho Administrativo, Fco. Sosa Wagner, también se ha fijado en El Bierzo al indicar que “a mi juicio pocos espacios geográficos ofrecen características tan apropiadas como El Bierzo para contar con una organización de tipo comarcal” (1990). Por su parte, el profesor Fdo. Rey Martínez, en su estudio sobre el Estatuto de Autonomía de Castilla y León (2010), nos informa de la importancia del reconocimiento de El Bierzo en su articulado. Así “supone reforzar jurídicamente su existencia ya que una eventual supresión exigiría una reforma del mismo Estatuto (lo que no ocurrirá con el resto de comarcas (…)”.

O Bierzo, decembro de 2017.
www.obierzoceibe.blogspot.com

http://sites.google.com/site/obierzoxa http://www.facebook.com/xabierlagomestre www.twitter.com/obierzoxa http://www.blogoteca.com/obierzoxa http://obierzoceibe.wordpress.com http://www.ciberirmandade.org/falaceive www.ponferrada.org www.partidodelbierzo.es