lunes, junio 04, 2012

CONTROL DE LAS COSTUMBRES POR LA IGLESIA (3ª PARTE)



CONTROL DE LAS COSTUMBRES BERCIANAS POR LA IGLESIA (3ª PARTE),
por Xabier Lago Mestre.

CONSTITUCIÓN DE COFRADÍAS ASISTENCIALES.

                La iglesia católica fomentó la constitución de cofradías para realizar labores religiosas, caritativas y asistenciales. En las parroquias rurales se creaban cofradías asistenciales entre sus feligreses (fregueses). En las actas de fundación de las cofradías se reglamenta su actuación, “deseosos de gozar sus imponderables frutos, gracias, indulgencias, jubileos y privilegios (…)” (cofradía de Ntra. Sra. Del Rosario de Villanueva de Valdueza en 1764). Recordemos que era común la compra de bulas de indulgencias que perdonaban los pecados a sus propietarios, en este caso a los cofrades, lo que les reportaba un beneficio espiritual incuestionable para la mentalidad religiosa de la época que tratamos.

En las visitas pastorales de los prelados astorganos a la provincia de El Bierzo se deja bien claro que los estatutos de las cofradías deben ser aprobados por ellos. En octubre de 1772, el obispo Juan Manuel Merino escribe “siendo contra derecho la tolerancia de cofradías que no están aprobadas sus constituciones, manda su Ilustrísima que las de las llamada de Nuestra Señora de las Candelas, la del Dulce Nombre de Nuestra Señora y la de san Antonio, en el perentorio término de sesenta días formen constituciones que les sirvan de regla y gobierno, y las presentarán a su Ilustrísima para su aprobación que dará en la parte que la merezcan. Y no lo cumpliendo así, manda su Ilustrísima que este cura no tolere  ni permita otras cofradías que los conducen a la destrucción para hacer gastos que no sufren los cofrades y pobreza de muchos (…)”.

El carácter asistencial de las cofradías bercianas se aprecia con la pausada lectura del articulado de sus estatutos o constituciones. “Artículo 3º. Mandamos que siempre que salga de la iglesia el Santísimo Sacramento para llevar el Viático a algún enfermo hayan  de acompañarle cuatro hachas, cualquiera que sea el enfermo.  Y si el enfermo fuere cofrade, han de acompañarle ocho hachas. Y el Mayordomo que no estuviere pronto para sacar y distribuir la cera, pagará 3 reales para aumento de la cofradía (…). Art. 8º. Ordenamos que si algún cofrade falleciese fuera de la jurisdicción del pueblo pero a la distancia de una legua, el juez penará 12 hermanos para que con el mayordomo, y llevando cada uno su hacha y las 16 para los hacheros, pasen a asistir al entierro con la cera encendida hasta darle sepultura” (J. D. Rodríguez Cubero: Las cofradías de Nuestra Señora en la parroquia de Villanueva de Valdueza).




IMPOSICIÓN DE FIESTAS RELIGIOSAS.

                La Iglesia católica española tenía sumo interés en fomentar sus festividades religiosas para imponer su ideología religiosa frente a otras de carácter tradicional y popular. Como ejemplos destacados, en el período medieval logró gran éxito la fiesta del Corpus Cristi, y en el siglo XVII sucede lo mismo con la Purísima Concepción. La propia corona, a través del rey Carlos III, tomó la iniciativa en este caso. Así, en 1779 dicho rey extendió a todas las universidades peninsulares la obligación legal de no conceder grados universitarios a los que no jurasen defender la doctrina de la virgen sin mancilla. Tras la presión eclesial y real el dogma inmaculista (virgen sin pecado) se fue imponiendo en las villas y ciudades de España para el 8 de septiembre. Villafranca del Bierzo aprobó también el voto de la Inmaculada Concepción en el año 1626, para lo cual se organizó la preceptiva procesión desde la Colegiata a la Anunciada con el visto bueno de los Jesuitas, según Vicente Fernández Vázquez (en “La historia de la música en El Bierzo del siglo XV al XVIII”, en revista Bierzo).

EL CALENDARIO CATÓLICO SOBRE EL AGRARIO.

                Los campesinos bercianos seguían su propio calendario agrícola de tipo estacional, otoño, invierno, primavera y verano. Tenemos que contar con la influencia de los calendarios prerromanos y romanos. Así el solsticio de invierno (21 de diciembre) coincidía con las calendas romanas a Jano (24 de diciembre, Las Juvenalia). Y el equinoccio de primavera (20 a 21 de marzo) determina igual duración del día y la noche. Mientras que el solsticio de verano (21 a 22 de junio) presenta la máxima desigualdad entre el día y la noche. El poder del satélite lunar en sus variantes (chea, minguante, nova y crecente) sobre los cultivos también se tiene en cuenta a la hora de las labores agrícolas (arada, sementeira, seitura, poda…).

                La Iglesia Católica propuso también su calendario alternativo al pagano o agrícola. Para ello hace coincidir su santoral con los hitos festivos campesinos. Se trata de forzar la identificación de las festividades cristianas con las paganas. Así, si Jesús nació en fecha cercana al solsticio de invierno, se fijó el nacimiento de San Juan Bautista seis meses antes,  coincidiendo con el solsticio de verano (del 20 al 22 de junio).





              
  El calendario católico fijó fechas y períodos muy concretos. Comenzamos con el ciclo de Navidad, con el tiempo del Adviento (desde el 1 domingo de adviento hasta el 24 del mismo mes), la Navidad (del 24 de diciembre al 14 de enero) y la  Epifanía, desde esa última fecha.  Después viene el ciclo de Pascua, con la Redención, con la Cuaresma (miércoles de ceniza), tiempo de Pasión. Y posteriormente Pascua y Pentecostés.

O Bierzo, xuño de 2012.

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