lunes, noviembre 12, 2012



MEDIATIZACIÓN INSTITUCIONAL DE LAS TRADICIONES BERCIANAS (3ª PARTE),
por Xabier Lago Mestre, del colectivo berciano Fala Ceibe.
falaceibe@yahoo.es

LOS SEÑORÍOS LAICOS Y MONÁSTICOS.

La tradición territorial dividida.

Durante los períodos medieval y moderno los señorios abarcaban la mayoría de la región berciana. Los señoríos eran espacios físicos y humanos pertenecientes a los señores, laicos o eclesiásticos, y estaban organizados mediante procesos de control solariego (foros, sernas, facedeiras...), fiscal (alcabalas, gabelas...) y jurisdiccional (penas). Los grandes señoríos bercianos (marquesado de Villafranca, condes de Alba de Aliste, Carracedo, S. Andrés de Espinareda, S. Pedro de Montes...) ordenaron sus territorios para un mejor control social y económico. Así los concejos rurales se integraban en concretas jurisdicciones señoriales (merindades, cotos, quintería...) que tenían su correspondiente villa capital (Corullón, Villafranca, Bembibre...), donde residían los oficiales señoriales (merinos, alcalde mayor...).

Además, esta ordenación territorial concentra los señoríos según la delimitación geográfica (valles de Ancares, Boeza, Valdueza, Valcarce...). El amplio mosaico señorial supone la división de los vasallos y debilita su resistencia antiseñorial. A la vez, dentro de los grandes  señoríos se formaron juntas generales, especie de asambleas representativas que fomentaron la solidaridal unitaria.



La revolución liberal del siglo XIX eliminó los señoríos y creó los ayuntamientos constitucionales. Así, muchos territorios jurisdiccionales pasaron a ser los nuevos términos municipales, y las antiguas villas cabeceras se convirtieron en las capiales con sus respectivos ayuntamientos. Los antiguos oficiales señoriales (alcaldes mayores, corregidores y regidores) fueron sustituidos por alcaldes y concejales. A nivel regional, se organizó el territorio en nuevas provincias, haciendo desaparecer tanto las anteriores de Ponferrada y Villafranca como los antiguos reinos del Antiguo Régimen. Estas reformas administrativas supusieron la creación de la correspondiente burocracia que incluía una nueva clase funcionarial (jefes provinciales, jueces, recaudadores, militares...).

LOS AYUNTAMIENTOS DE LOS ÁMBITOS URBANOS.

La tradición democrática devaluada.
Las pequeñas comunidades rurales de la región berciana se regían mediante concejos abiertos (concillium), abiertos a todos los vecinos. Con el tiempo se fue restringiendo la participación en ellas, caso de las mujeres, judios o moros. Los llamados boni homini, vecinos con heredades en la aldea, acaban ocupando los cargos públicos. Otros beneficiados con los privilegios reales fueron los caballeros villanos que consiguieron la exención de los tributos reales y locales o alcanzar representación en los ayuntamientos.




La Corona de Castilla y León en la Baja Edad Media creo los regimientos en las villas y ciudades , formados por miembros nombrados por el Rey, llegando a venderse esos cargos públicos (patrimonialización). Además, el control de la Corona se ejecutó también con los alcaldes de corte y los posteriores corregidores, como el que se estableció en Ponferrada (1487). Ante las dificultades hacendísticas de la Edad Moderna, los reyes vendieron los cargos públicos de los regimientos (patrimonialización). Dentro de esta estrategia real recaudatoria se incribe la venta de aldeas monásticas y de rentas reales, caso de las alcabalas y del castillo de la villa de Ponferrada a los Marqueses de Villafranca.
La tradición festiva y religiosa ordenada.

La organización de actos festivos por los ayuntamientos forma parte del proceso de control social. Concretamente nos referimos a la comprendida dentro de la variada tipología festiva (procesiones religiosas, cívicas, gremiales...). Dentro de las llamadas religiosas destacamos la de la Inmaculada Concepción (votada por el ayuntamiento de Ponferrada en 1656), en la que el regimiento se compromete a hacer procesión cada 8 de diciembre "pra siempre jamás".



El corregidor de Ponferrada obliga a asistir a los actos festivos, caso del Corpus Christi, "danzasen e hiciesen invenciones en la procesión que se hace el día del Corpues Chisti del Santísimo Sacramento, so cierta pena declarada en el mandato y pregón que sobre ello se dió (...)". El Ayuntamiento ordenó a los vecinos de Otero que paguen 12 reales para quedar exentos de repartimiento de las danzas del Corpus (1655).

La pasión milagrera de la época tambien favoreció el fervor religioso popular. Tenemos los ejemplos de los milagros del Santísimo Sacramento en la ermita de Ponferrada del mismo nombre (1533) o los sucesivos milagros de la Virgen de la Encina que fueron alegados para demandar la declaración de la colegiata (siglo XVIII) de la actual basílica. Respecto al milagro del robo del Santísimo Sacramento decir que el corregidor ordenó arrastrar al ladrón por la villa, ahorcarle y le cortaron las manos sacrílegas, cuyas extremidades fueron finalmente echadas al río Sil.

Para aplacar los efectos negativos de la climatología se organizaron rogativas. Estas se organizaban contra los temporales de nieve o agua, o por las sequías prolongadas. La obligación municipal de asistir por parte del vecindario a las rogativas se penalizaba con cuantías que podían llegar a 500 maravedís.  Las continuas pestes fomentaron las procesiones a favor de San Roque. en los pueblos bercianos.
La influencia castellana de las corridas de toros se hizo realidad en El Bierzo. Aprovechando ciertas festividades, Corpus, San Juan o San Roque, se organizaban actos contra los toros, mediante capeas, varas o muerte. En este sentido, recordamos que el Ayuntamiento ponferradino pidió dispensa de los toros al obispado de Astorga en la festividad de San Roque (década de 1770) para evitar los excesivos gastos taurinos.



La tradición de la convivencia frente a la segregación social.
  En el siglo XVII el regimiento ponferradino debatió sobre la expulsión de los pobres, "a esta villa se han venido a vivir muchas personas del reino de Galicia y otras partes, con mucha familia y muy pobres, sin haber pedido vecindad a este ayuntamiento, como deben hacerlo de conformidad a la ordenanza de esta villa (...)". Como solución se pide al corregidor y a los guardas mayores de montes y ríos que apremisasen a dichas personas a que saliesen de esta villa y no viviesen en ella a no ser con licencia del Ayuntamiento (año 1695).

La tradición carretera.
Aunque fuera de nuestro contexto histórico incluimos la referencia a dos medidas municipales que afectaron a dos tradiciones rurales bercianas. Durante la postguerra española los ayuntamientos fijaron tasas sobre los "teitos de palla" en base a que favorecían los incendios en las poblaciones, de ahí su sustitución por techos de uralita o pizarra. Por otra parte, se aprobaron tasas sobre la circulación de carros en las villas y ciudades, según tuvieran llantas de goma o de hierro, ya que se quería restringir su uso ante los modernos vehículos de motor, evitar la suciedad (excrementos) y linitar el exceso de ruidos (carro chillón) .


O Bierzo, novembro de 2012.
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