miércoles, marzo 21, 2007

PROGRAMA ELECTORAL SOBRE O GALEGO DO BIERZO (2ª PARTE)

PROGRAMA ELECTORAL SOBRE O GALEGO DO BIERZO (2ª PARTE)
II. ÁMBITO REGIONAL BERCIANO.

1. Aprobación, por parte del Pleno del Consejo General de El Bierzo (actualmente Consejo Comarcal), de una declaración a favor del reconocimiento del gallego como idioma propio y como patrimonio lingüístico a proteger y fomentar, en virtud del principio de autonomía local. Este acuerdo deberá insistir en la singularidad de la cultura y la lengua gallegas, lo cual constata claramente un "hecho diferencial" dentro de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Esta caracterización cultural y lingüística peculiar fundamenta materialmente nuestra autonomía territorial a través del dicho Consejo Berciano.

2. Inclusión en el Reglamento de Régimen Interno del Consejo General Berciano de la expresa mención al uso del idioma gallego. Así mismo se elaborará un Reglamento Lingüístico para fijar la utilización interna y externa de las diversas lenguas de O Bierzo.

3. Creación del Servicio Lingüístico Regional en el Consejo General Berciano para asesorar en esta materia a las administraciones locales (mancomunidades, concellos y pedanías). Este servicio elaborará el Plan Lingüístico Regional con la intención de llevar a cabo la progresiva utilización administrativa del idioma gallego por los entes locales. Además organizará la celebración de cursos de gallego e inglés para los funcionarios locales (iniciación, perfeccionamiento y especialización)

4. Creación del Instituto de la Cultura Berciana para dinamizar las actividades culturales de la región, entre ellas las relacionadas con la lengua gallega, investigación , edición de publicaciones, festivales, exposiciones, etcétera. Este Instituto podrá colaborar en la ejecución de sus actividades con el resto de administraciones locales o con otras entidades (Instituto de Estudios Bercianos, Consello da Cultura Galega, universidades, etcétera).

5. Firma de un Convenio de Colaboración entre la Xunta de Galicia y el Consejo General Berciano para la promoción de la lengua gallega en las administraciones locales. Este acuerdo afectará a la implantación del Servicio Lingüístico Regional, la celebración de cursos de gallego para funcionarios locales, la edición de publicaciones (libros, folletos turísticos, mapas, revistas, páginas web...), la promoción turística de espacios naturales compatidos (Os Ancares, Serras do Courel, Os Cabalos, Encina da Lastra, minas auríferas romanas, os encoros do Sil...) y las vías de comunicación (O Camín de Compostela, O Camín de Santiago de inverno, A Vía Nova Romana...)

6. Recopilación y actualización del derecho consuetudinario regional gallego-berciano (comunais, veceiras, regos, carrexos, facendeiras, bouzas, montes de man en común, brañas, etc).

7. Ejercer la competencia en materia de alteración del nombre y capitalidade de los municipios bercianos, por lo que se refiere a la recuperación de su denominación en idioma gallego-berciano, según determina la Orden PAT/27/2007,de 2 de enero, por la que se hace pública la aceptación por el Consejo Comarcal de El Bierzo de la delegación comentada.

III. ÁMBITO AUTONÓMICO DE CASTILLA Y LEÓN.

1. Reconocimiento expreso de oficialidad para la lengua gallega de O Bierzo en el proyecto de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

2. Reconocimiento expreso del gallego como lengua propia de O Bierzo en la reforma de la Ley 1/1991, de l4 de marzo, por la que se crea y regula la Comarca de El Bierzo.

3. Reconocimiento de la iniciativa legislativa del Consejo General Berciano (actualmente Consejo Comarcal) en la reforma de la Ley 4/2001, de 4 de julio, reguladora de la iniciativa legislativa popular y de los ayuntamientos de Castilla y León. Recordamos que la Ley catalana 6/1987, de 4 de abril, de la organización comarcal de Catalunya sí reconoce esta iniciativa legislativa comarcal.

4. Reconocimiento de denominación de los municipios bercianos en idioma gallego en la Ley autonómica 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León (artículo 24.1)

5. Aprobación por las Cortes de Castilla y León de la Ley de Lenguas Minoritarias de la Comunidad Autónoma. En esta Ley se fijarán los territorios de las respectivas lenguas, los derechos y los deberes lingüísticos, las medidas de protección y fomento en los distintos ámbitos lingüísticos, etcétera.

6. Mejora del contenido del actual Protocolo General de Colaboración para la promoción de la lengua gallega, firmado por la Xunta de Galicia y la Junta de Castilla y León, para que ningún centro educativo de O Bierzo occidental impida el aprendizaje de este idioma a su alumnado.

7. Tratamiento adecuado del idioma gallego en el Contenido Curricular de Castilla y León (Ciencias Sociales y Lengua Castellana). Presentación de las estructuras gramaticales comunes en las materias de Lengua Castellana y Lengua Gallega.

8. Dentro del proyecto de Plan Especial de Educación para el medio rural tener en cuenta la problemática de la enseñanza del idioma gallego en O Bierzo y la creación de centros bilingües (gallego-castellano). Utilización pedagógica del gallego en la futura Televisión Educativa de Castilla y León a través de internet y en el portal www.educa.jcyl.es.

9. Creación de una linea de subvenciones para la promoción de la lengua gallega, por parte de la Junta de Castilla y León, dirigida a asociaciones culturales, medios de comunicación, editoriales, páginas web (actualmente los premios de internet de la dicha Junta no tienen en cuenta el uso del gallego), etcétera.

10. Que las instituciones culturales públicas y privadas, con participación financiera de la Junta de Castilla y León o de la Diputación de León, admitan entre sus objetivos el fomento de la cultura y la lengua gallegas. Nos referimos a la Fundación Instituto Castellano y Leonés de la Lengua (Burgos), la Fundación Villalar, Fundación Lengua Española, Fundación Patrimonio Histórico de CyL, Fundación Universidad de Verano de CyL, Fundación Siglo para las Artes de CyL, Universidad de León, Instituto Leonés de Cultura, etcétera.

11. Implantación de la materia de lengua gallega en los cursos del programa "universidad de la experiencia", organizados por la Junta de Castilla y León, e impartidos en el campus universitario de Ponferrada.

12. Creación de cibercentros, por parte de la Junta de Castilla y León, en todos los municipios de el Bierzo para permitir el acceso público y gratuito a la rede galega de internet.

Ponferrada, marzo de 2007.

ASOCIACIÓN CULTURAL FALA CEIBE DO BIERZO.
Avda. del Castillo, 203, 2ºC, 24400 Ponferrada- O Bierzo.
http://www.falaceibe.tk
http://www.blogoteca.com/obierzoxa
http://www.ciberirmandade.org/falaceive

sábado, marzo 10, 2007

PROGRAMA ELECTORAL SOBRE EL IDIOMA GALLEGO (1ª PARTE)

PROGRAMA ELECTORAL SOBRE EL IDIOMA GALLEGO
PARA LOS PARTIDOS POLÍTICOS.
falaceibe@yahoo.es

La Asociación Cultural Fala Ceibe d´O Bierzo (www.ciberirmandade.org/falaceive) presenta diversas propuestas sobre la lengua gallega a los partidos políticos. Ante la próxima celebración de las elecciones municipales y autonómicas, de 25 de mayo de 2007, este colectivo ha elaborado un Informe con medidas para la protección y el fomento del idioma gallego de O Bierzo. El objetivo es que los distintos partidos políticos asuman estas iniciativas culturales como propias y las integren dentro de sus respectivos programas electorales. El Informe se divide en tres ámbitos: municipal, regional berciano y autonómico de Castilla y León. Fala Ceibe difundirá este singular programa electoral berciano, en materia cultural-lingüística, directamente a los partidos políticos e indirectamente a la ciudadanía a través de los medios de comunicación.

I. ÁMBITO MUNICIPAL.-

1. Aprobación, por parte de los Plenos de los Ayuntamientos bercianos, de declaraciones a favor del reconocimiento del gallego como idioma propio y patrimonio cultural a proteger y fomentar, en virtud del principio de autonomía municipal. Estos acuerdos permitirán la utilización del gallego, en textos bilingües junto con el castellano, con finalidad informativa en las actuaciones propias de las entidades locales. Recordamos que la Sentencia del Tribunal Supremo, de 2 de febrero de 2005, dictaminó la posibilidad de este uso administrativo compartido para los idiomas eusquera y castellano en los casos de los Ayuntamientos de Condado de Treviño y La Puebla de Arganzón.

2. Los Ayuntamientos bercianos podrán utilizar el idioma gallego en sus actividades administrativas, según las normativas lingüísticas europea, estatal y autonómica, casos de la Constitución Española de 1978, la Carta Europea de Lenguas Regionales y Minoritarias (BOE, 15 de septiembre de 2001), la Ley Orgánica 4/1999, de 8 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León (artículo 4.2 "Gozarán de respeto y protección la lengua gallega y las modalidades lingüísticas en los lugares en que habitualmente se utilicen"), el RD. 1111/1979, de 10 de marzo, que regula el empleo de las propias lenguas en las actuaciones de las corporaciones, y el RD. 2929/1975, de 31 de octubre, que regula el uso de las lenguas regionales.

3. Los Ayuntamientos bercianos deberán recuperar la denominación autóctona en idioma gallego de sus núcleos de población (concellos, vilas, pedanías, barrios, lugares...), así como utilizar esta lengua para nominar las vías de comunicación (rúas, carreiros, corredoiras, camíns...).

4. Se utilizará este idioma gallego para la rotulación dependiente del Ayuntamiento, así indicadores, paneles informativos, señales, letreros, también en el mobiliario urbano y en los vehículos municipales.

5. Recuperación de la toponimia mayor y menor en gallego-berciano, los orónimos (nombres de lugares), los hidrónimos (nombres de aguas terrestres), los antropónimos (nombres de personas), los fitónimos (nombres de plantas), los zoónimos (nombres de animales), etcétera.

6. Que el Programa Europeo Interautonómico "Os Ancares" (LEADER+), que afecta a concellos de Galiza e O Bierzo, tenga en cuenta la presencia territorial de la cultura gallego-berciana en las actividades de turismo rural, desarrollo endógeno, etc.

7. Incentivar el uso de la lengua gallega en las fiestas tradicionales (os maios, as romarías, os entroidos, as patronais, os magostos, etc).

8. Presencia activa de la lengua gallega en los museos etnográficos locales y en las bibliotecas municipales, con secciones de gallego (libros, audiovisuales...). También deberá haber puestos de acceso a internet, de carácter público y gratuito, en cada capital municipal. Recuperación de la literatura oral (contos, ditos, lendas, refrais, adiviñas, etc).

9. Programación de actividades culturales gallego-bercianas con regularidad (exposiciones, teatro, cine, música, bailes, etc). En la concesión de las subvenciones de carácter municipal será requisito preferente el uso de la lengua gallega en las actividades propuestas.

10. Creación del Centro Cultural "Martín Sarmiento" en Vilafranca, de carácter regional berciano, para la protección y el fomento de la cultura y la lengua gallegas. También la Fundación Cultural "Pedro Álvarez Ossorio" (2007) de Ponferrada deberá realizar actividades relacionadas con la cultura gallego-berciana.

11. Los Ayuntamientos instarán a que se oferte la materia de idioma gallego en los centros escolares públicos de su territorio. Recordamos que en O Bierzo occidental hay colegios que todavía no imparten clases de gallego, a saber, A Veiga de Valcarce, Carracedelo, Quilous, Fabeiro, A Veiga de Espiñareda, etc. Además procurarán que se oferte esta materia en los Centros de Acción Social (CEAS), los Centros de Educación de Adultos, los Consejos de Juventud o los Centros Cívicos de barrio de Ponferrada. Actualmente sólo el concello de A Veiga de Valcarce imparte cursos de gallego a adultos.
12. Los Ayuntamientos utilizarán en sus medios de comunicación (revistas, páginas web...) la lengua gallega.
Ponferrada, marzo de 2007.