miércoles, septiembre 20, 2017

LA ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL EN LA REGIÓN DE EL BIERZO


LA ADMINISTRACIÓN TERRITORIAL DE EL BIERZO.
Colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo.
falaceibe@yahoo.es

En nuestra región berciana existen varias administraciones, casos de la estatal, autonómica y locales. En esta ocasión nos fijaremos en las llamadas administraciones propias de El Bierzo, a saber, comarcal, municipal y pedánea. En primer lugar haremos un análisis de los fundamentos autonómistas de la Comarca de El Bierzo, y remataremos con unos apuntes sobre el resto de entes locales.

FUNDAMENTOS AUTONÓMISTAS DE LA COMARCA.

ENTE TERRITORIAL. Esta denominación significa para nuestra Comarca tener unos intereses generales propios, no específicos como en el caso de las mancomunidades. Además, esta territorialidad afecta a toda la población berciana. Todo este argumentario implica para nuestra institución plenas potestades administrativas. La existencia jurídica de la Comarca viene reforzada por su reconocimiento expreso en el Estatuto de Castilla y León (art. 46), ley orgánica aprobada por mayoría absoluta. Esta condición jurídica la diferencia del resto de administraciones locales.


COMUNIDAD POLÍTICA. El Bierzo apuesta por una institución propia de carácter político, alejada de una simple supermancomunidad municipal o comarca de base intermunicipal. La institución berciana pretendida se acerca más a una provincia actual. Para lograr esta legitimidad demandada se necesita una representación política salida de unas elecciones directas y no una representación indirecta o secundaria como en la actualidad que nos resta valor político.

COMUNIDAD CULTURAL PECULIAR. El Bierzo ha tenido varias comunidades lingüísticas (galega, leonesa y castellana). De esto deriva una variedad cultural que tiene que ser respetada y protegida. Por eso se reclaman unas competencias específicas, caso de la materia lingüística, que favorecerá el ejercicio de los derechos culturales.

LA SINGULARIDAD GEOGRÁFICA. El Bierzo es una región natural que está formada por comarcas y valles. Su amplitud geográfica se extiende por las comarcas vecinas de Laciana y La Cabrera baja como lo acredita la inclusión de parte de sus municipios. Además, su singularidad geográfica se caracteriza por la lejanía de la meseta castellano-leonesa, aislamiento montañoso o su situación periférica.


LA TRAYECTORIA INSTITUCIONAL. La historia nos muestra la continuidad de la institución provincial durante toda la Edad Moderna (silos XV al XVIII) y la creación de la provincia liberal de Villafranca. Posteriormente siguieron las demandas provincialistas que llegaron hasta el año de la propia constitución de la Comarca (1991).

RESPETO POR EL ÁMBITO TERRITORIAL BERCIANO. Se trata de que las distintas ordenaciones territoriales de Castilla y León respeten el ámbito territorial berciano sin fraccionarlo o ignorarlo. Lo mismo pretendemos con el mantenimiento de la denominación tradicional de nuestra región de El Bierzo que no puede ser alterado por otras administraciones foráneas.

EL SIMBOLISMO IDENTITARIO. No se puede entender que el texto de la Ley de la Comarca omita la alusión a los símbolos identitarios propios, caso de la bandera, el escudo, las lenguas territoriales, la capital regional en ponferradina y la capital cultural de Villafranca. Simbología que sirve para fomentar nuestra identidad colectiva, crear solidaridad interna y fijar nuestra marca territorial.


SUFICIENCIA FINANCIERA. Hay que demandar un fondo comarcal específico en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Un fondo semejante ya ha sido concedido por ley a Arán. Por otra parte, conviene recordar que la Ley de Haciendas Locales determina que la regulación de la financiación comarcal corresponde a las normas de creación (art. 152). Es decir, al ser la Junta de Castilla y León quien creó la Comarca de El Bierzo es la responsable principal de su financiación. Además, en 2003 la Junta de Castilla y León y el Consejo Comarcal firmaron un convenio marco para la cooperación económica e institucional con una duración cuatrienal (art. 6.2 LCB). Esto permitía una mayor autonomía financiera al poder fijar gastos plurianuales. Pero este sistema se ha perdido hace tiempo porque la Junta no lo ha renovado al imponer una financiación anual más restrictiva y finalista.

 LA INICIATIVA LEGISLATIVA. La Comarca de El Bierzo, como ente político, precisa del reconocimiento de la iniciativa legislativa ante las Cortes de Castilla y León en su Ley de creación. Arán ya tiene este derecho. Carecer de esta iniciativa legislativa minora nuestra capacidad política y nuestra autonomía territorial a la hora de velar por la defensa de nuestros intereses generales propios ante las Cortes regionales.

EL ÁMBITO COMPETENCIAL. El Consejo Comarcal gestiona sus competencias según lo determinado por leyes sectoriales (art. 4 LCB). También le afectan los traspasos y las delegaciones de la Comunidad Autónoma a entes locales (art. 6 LCB). Se podrían asumir otras funciones delegadas o asignadas por la Diputación de León (art. 36 LBRL). Además, se gestionarán actividades que requieran los intereses generales (servicio lingüístico) de El Bierzo. Mecanismos de gestión son la delegación, la encomiendas de gestión, etc. Resulta contradictoria la existencia de mancomunidades en El Bierzo cuando su gestión debería ser asumida por el Consejo Comarcal, en base a la delegación de funciones por los municipios (art. 7 LCB) o la gestión compartida de competencias municipales (art. 26. 2 y 3 LBRL). 


INSTITUCIÓN PARTICIPATIVA. El Consejo Comarcal tiene que abrirse más a la ciudadanía,  según los principios de transparencia y participación social plenas. Los mecanismos para ello son varios: sugerencias, consultas, asambleas abiertas, información pública, redes sociales, etc.  

RELACIONES INTERINSTITUCIONALES. El Consejo Comarcal berciano ejerce sus competencias para satisfacer los intereses generales bercianos. Estos precisan para su gestión eficaz de la colaboración de otras administraciones foráneas, caso de la materia lingüística en gallego, con instituciones de Galicia. De ahí la necesidad de contar con instrumentos adecuados como los convenios de colaboración y los protocolos de actuación por parte del Consejo Comarcal.

LAS ADMINISTRACIONES MUNICIPAL Y PEDÁNEA.
Por lo que se refiere a las otras administraciones bercianas, los municipios y las pedanías, también deben ser protegidas. Estas dos instituciones locales sufren el grave problema de la despoblación que implica la reducción de sus ingresos presupuestarios. También hay que cambiar las últimas reformas legislativas que han atacado su autonomía política y financiera. Los ayuntamientos precisan, para prestar los servicios públicos, contar con el complemento administrativo del Consejo Comarcal. 

En el caso de las pedanías se ha impedido la creación de otras nuevas y se exige la presentación de cuentas públicas sin facilitarles medios informáticos ni personales. Pero lo cierto es que muchas pedanías rurales bercianas necesitan unirse entre ellas para poder subsistir. Reclamamos la creación de Consejos de pedanías en el Consejo Comarcal y en los ayuntamientos para planificar mejor las llamadas obras menores y las subvenciones. Por último, las pedanías tienen que recuperar el control de sus bienes comunales con unos controles administrativos menos restrictivos que los actuales.

O Bierzo, setembro de 2017.

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lunes, septiembre 18, 2017

LAS NUEVAS DEMANDAS DE EL BIERZO ANTE CASTILLA Y LEON


NUEVAS DEMANDAS BERCIANAS,
Por Javier Lago Mestre.
Colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo.

El Consejo Comarcal acaba de anunciar la próxima reunión con la Junta de Castilla y León. Nos parecen muy bien estos encuentros que no deberían ser tan ocasionales. Son muchos los temas que ambas instituciones tienen que tratar para evitar las actuales carencias competenciales del Consejo Comarcal. Y en materia de negociación hace falta voluntad partidista, oportunismo político y cierta presión en base a la capacidad de iniciativa berciana formular unas claras necesidades administrativas y demandas sociales.

El tema más importante a tratar seguro que será de nuevo el de la financiación. Conviene recordar que las leyes estatales básicas son muy restrictivas con el desarrollo comarcal. Es el caso de la Ley de Haciendas Locales que determina que “las comarcas no podrán exigir ninguno de los impuestos y recargos regulados en esta ley” (art. 155). Esta norma aclara que la regulación de la financiación comarcal corresponde a las normas de creación (art. 152). Es decir, al ser la Junta de Castilla y León quien creó la Comarca de El Bierzo es la responsable principal de su financiación. 


En 2003 la Junta de Castilla y León y el Consejo Comarcal firmaron un convenio marco para la cooperación económica e institucional con una duración de 5 ejercicios. Este sistema permitía consolidar nuestra autonomía al fijar una financiación plurianual. Pero este sistema se ha perdido hace tiempo porque la Junta no lo ha querido renovar y ha recurrido a la financiación anual de carácter finalista.

El Bierzo debe reivindicar la creación de un Fondo de Financiación específico para el Consejo Comarcal, según el modelo aranés,  y que así conste en un capítulo específico de los presupuestos generales de Castilla y León. Sólo de esta forma tendremos la suficiencia de recursos económicos para poder garantizar nuestra autonomía territorial con el ejercicio de las competencias asignadas.


Dejamos el complejo tema de la financiación para demandar una vez más el derecho de iniciativa legislativa. No resulta justo que no se permita a El Bierzo esta capacidad de iniciativa política. Como bien sabemos existe la iniciativa legislativa popular y municipal en Castilla y León pero no el de las diputaciones y comarcas. La ley que regula esta iniciativa legislativa resulta tan restrictiva que impide de hecho esta participación social e institucional. El Bierzo necesita la modificación de esta ley autonómica para recuperar la iniciativa política que favorezca sus demandas competenciales y la nueva reforma de la propia Ley de la Comarca.

También hay que exigir un mayor respeto por el ámbito institucional y territorial de El Bierzo. Nos referimos a que no se pueden crear nuevas divisiones administrativas que compiten con la existencia de la Comarca. Así, los intentos de establecer una ordenación territorial de Castilla y León por la Junta puede ningunear el ámbito competencial del Consejo Comarcal. En base al principio de lealtad institucional resulta una política abusiva crear entes menores que socaven la propia autonomía del Consejo Comarcal de El Bierzo.

O BIERZO, SETEMBRO DE 2017.


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sábado, septiembre 16, 2017

A LINGUA GALEGA DO BIERZO RESISTE.


O GALEGO DO BIERZO RESISTE,
Por Javier Lago Mestre.
Coletivo cultural Fala Ceibe do Bierzo.
falaceibe@yahoo.es

No Bierzo existen falantes galegos dende a Idade Media. Mais hoxe o lindeiro político artificial condiciona a nosa existencia cultural. Resulta inxusto que falantes do mesmo idioma galego tiñamos distintos dereitos lingüísticos recoñecidos pola lei. A comunidade galegofalante do Bierzo somos unha minoría que resistimos acotío fronte á asimilación castelá.

Nestas condicioes a resistencia cultural é moi precaria. Velaí a necesidade de pedir axuda a Galiza unha vez máis. Ben sabemos que as institucioes públicas de Galiza teñen unha obriga legal de apoiar o galego estremeiro. Na Lei de Normalización Lingüística (1983) hai unha referencia a “protexe-la lingua galega falada en territorios limítrofes coa Comunidade Autónoma” (art. 21). Outro tanto acontece co Plan de Normalización Lingüística da Lingua Galega (2004) que inclúe un apartado referido ás “relacións con outros territorios de lingua galega” (Área 2).


Grazas a estas disposiciones lexislativas comentadas o galego do Bierzo tivo un pequeno apoio político e económico dende Galiza. Agora ben, estamos no 2017 e cómpre revitalizar a reivindicación galegueira. Por iso facemos un novo chamamento ás institucioes e partidos de Galiza. 

No Bierzo nin a minoría falante nin as institucioes locais temos capacidade para fomentar o galego sen axuda foránea. Convén que as institucioes e partidos de Galiza se comprometan máis co mantemento do galego no exterior.

Dende O Bierzo queremos achegar unas medidas de apoio ao galego. Principiamos co ensino onde quedan centros escolares do Bierzo ocidental que aínda non ofertan galego (Veiga de Valcarce, Carracedelo…), o que provoca inxustas carencias lingüísticas ao seu alunado.


En materia toponímica, no Bierzo sufrimos a imposición da Lei  do Réxime Local de Castela e León (1998), “la denominación de los municipios habrá de ser en lengua castellana” (art. 24.1). A consecuencia desta obriga legal é a progresiva castelanización da nosa toponimia maior e menor. A Comisión Toponímica de Galiza ten que axudarnos.

O Consello Comarcal do Bierzo debe asumir un maior protagonismo político na normalización lingüística. Agora ben, esta institución non posúe medios económicos abondos. Necesitamos xa que a Xunta de Galiza, Junta de Castela e León e o dito Consello Comarcal asinen o protocolo de colaboración en materia lingüística. 

O dito protocolo pode conter referencias á creación dun servizo lingüístico, no seo do Consello Comarcal. Con este novo servizo se poderá introducir o galego nas institucioes locais (Comarca, concellos e pedanías). 


Outro tema importante son os medios de comunicación do Bierzo. Non resulta doado o uso do galego por iso hai que incentivar esta lingua. Unha medida sería a edición de publicidade institucional de Galiza, en galego, nos medios bercianos. Deste xeito se estimulá a presenza do noso idioma e a súa valorización social.

En materia turística resulta necesaria unha maior colaboración interinstitucional. Galiza e O Bierzo contan con espazos naturais veciños (Os Ancares, Enciña da Lastra…) e rotas turísticas (Camiños de Santiago e Inverno, mineiría romana, etc). Hai que rachar coa dinámica de promoción turística diferente para espazos comúns. Unamos os esforzos cos mesmos medios (publicidade, feiras, folletos, mapas…) e en galego.

Resta moito por facer na promoción do galego no Bierzo. Dende logo sería un erro crer que podemos existir culturalmente sen a axuda de Galiza. Ademais, convén ter en conta que o galego do noroeste peninsular abrangue os territorios estremeiros. Todos os falantes galegos somos responsabeis do seu devir secular.

O BIERZO, SETEMBRO DE 2017.

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miércoles, septiembre 06, 2017

PETICIONES SOBRE EL GALLEGO ANTE EL CONSEJO COMARCAL BERCIANO


PETICIONES ANTE EL CONSEJO COMARCAL DE EL BIERZO
SOBRE LA PROMOCIÓN DE LA LENGUA GALLEGA.

El Sr. Javier Lago Mestre, con DNI. XXXXXX, en nombre del colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo, presenta este documento ante la Consejería de Transferencias, Delegaciones, Cultura y Patrimonio, del Consejo Comarcal de El Bierzo. Se trata de un conjunto de propuestas en favor de la presencia de la lengua gallega en el Consejo Comarcal de El Bierzo, en base a una doble fundamentación: histórico-lingüística y jurídico-legal.

FUNDAMENTACIÓN HISTÓRICO-LINGÜÍSTICA.

La presencia de la lengua gallega en la región de El Bierzo se constata desde la Edad Media. Así se atestigua en la documentación conservada en los cartularios de los monasterios de Carracedo o S. Andrés de Espinareda. Pero las Cortes de Toledo de 1480 establecieron el examen de castellano de los escribanos, lo que supuso la eliminación del gallego institucional. Otros hechos históricos que determinaron el repliegue del gallego fueron: la derrota y expulsión del conde de Lemos, la compra de Ponferrada por la Corona (1486), la llegada de nobleza foránea al marquesado de Villafranca o las mercedes y ventas de cargos a castellanos (corregimiento, regimientos, etc).


La lengua gallega pervivió en el desarrollo institucional de los concejos. Sin embargo, las ordenanzas locales fueron escritas, en castellano, ya que precisaban la aprobación de los corregidores o alcaldes mayores señoriales. El gallego oral también estuvo presente en las juntas generales de las jurisdicciones señoriales aunque sus actas se redactaron en castellano.

En la Edad Moderna el gallego pervivió en el mundo rural. Así lo percibió el viajero Bernardo de Aldrete (1612), "los más políticos hablan bien el castellano, pero los no tanto i mugeres el leonés que tira a gallego". En el  XVIII fray Martín Sarmiento hizo una defensa loable a favor de la presencia del gallego en la enseñanza.

En el siglo XIX hay una mayor conciencia literaria sobre la presencia del gallego en El Bierzo. Varios intelectuales dignificaron este idioma con su escrita. Fueron los casos de: I. Andrés Ovalle, A. Fernández y Morales, J. Bálgoma Suárez o F. de Llano Ovalle.


Tampoco podemos olvidar la existencia de una variada literatura oral. Diversas fueron sus manifestaciones que llegan hasta la actualidad: contos, adiviñas, refrans, conxuros, etc. Otros instrumentos culturales son: os maios, canciones de seitura, vendima, adega o la toponimia.

Otra manifestación institucional en gallego proviene de nuestro derecho consuetudinario local. Este se concreta en las propiedades agroganaderas (hortas, eiros, brañas…), explotaciones comunales (searas, bouzas, veceiras, faceiras…), vías de comunicación (camiños, corredoiras, vieiros...), etc.
En la actualidad son numerosos los investigadores que destacan la presencia de la lengua gallega en El Bierzo. Estudios dialectológicos con F. Fernández Rei, toponímico con J. García y García, filológico con A. Seco Orosa, etc.


La lengua gallega de El Bierzo ha tenido una presencia histórica y social continuada hasta la actualidad. A nivel institucional, con predominio ágrafo y de la oralidad, ha pervivido en el seno de los entes locales menores (concejos y pedanías). Por eso no se puede entender la exclusión actual del gallego del resto de instituciones locales (Consejo Comarcal Berciano y los ayuntamientos). Esta injusticia institucional debe ser reparada en base a la legitimidad lingüística de los bercianos gallegohablantes.

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICO-LEGAL.

1. La Carta Europea de Lenguas regionales y minoritarias, ratificada por España en 2001, protege también la lengua gallega de El Bierzo, a pesar de no tener la declaración de oficialidad, como así se determina expresamente, “España declara, a los mismos efectos, que también se entienden por lenguas regionales o minoritarias las que los Estatutos de Autonomía  protegen y amparan en los territorios donde tradicionalmente se hablan” (introducción). A lo que se añade que “las lenguas citadas en el párrafo segundo se aplicarán todas aquellas disposiciones de la parte III de la Carta que puedan razonablemente aplicarse en consonancia con los objetivos y principios establecidos en el artículo 7” (introducción). 

  
2. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León indica, “gozará de respeto y protección la lengua gallega en los lugares en que habitualmente se utilice” (art. 5.3). 

3. Otro tanto acontece con la Ley de la Comarca de El Bierzo (art. 1.4), “en la Comarca de El Bierzo gozará de respeto y protección la lengua gallega en los lugares en los que habitualmente se utilice”. Además hay un compromiso de colaboración interinstitucional, “la Comunidad de Castilla y León facilitará la participación de la Comarca de El Bierzo en las actuaciones que realice para la promoción de la lengua gallega en su ámbito territorial”.

4. El Consejo Comarcal de El Bierzo ya ha aprobado dos resoluciones a favor de la lengua gallega, “reconoce la lengua gallega como propia en las zonas de la comarca fronterizas  con Galicia (…)” (año 2001), y “pensamos que se debe hacer un reconocimiento todavía más explícito del idioma gallego, haciendo constar la mención expresa a las lenguas de la comarca: el castellano y el gallego” (mayo de 2005).


5. La sentencia de 3 de marzo de 2004, del Tribunal Supremo, determinó que el uso del eusquera por parte del ayuntamiento de Treviño, con un “carácter informativo”, es compatible con la legalidad vigente. Esta utilización informativa también se puede aplicar al uso administrativo del gallego por parte del Consejo Comarcal de El Bierzo, los ayuntamientos y las juntas vecinales.   

PROPUESTAS A FAVOR DE LA LENGUA GALLEGA.

1. Denominación bilingüe del Consejo Comarcal de El Bierzo/ Consello Comarcal do Bierzo (CCB). De esta manera se visibiliza la lengua gallega en el ámbito institucional.

2. Presencia del idioma gallego en el portal digital del Consejo Comarcal de El Bierzo (www.ccbierzo.com) y en las redes sociales con protagonismo de la institución comarcal.  Se trata de que el gallego esté presente en el uso de las nuevas tecnologías de la información participadas por el Consejo Comarcal de El Bierzo.

3. Elaboración de propaganda institucional bilingüe del Consejo Comarcal de El Bierzo. Se pretende con ello la presencia parcial del idioma gallego en la propaganda institucional del CCB.


4. Normalización de la toponimia mayor, es decir, los nombres de los municipios bercianos en su denominación bilingüe. La Ley 1/1998, de 4 de junio, del régimen local de Castilla y León determina que “la denominación de los municipios habrá de ser en lengua castellana” (art. 24.1). Nada impide que se pueda utilizar la denominación bilingüe de los municipios de El Bierzo occidental, en castellano y gallego.

5. Normalización de la toponimia menor, es decir, hidrónimos, orónimos, etc. en lengua gallega tradicional de El Bierzo occidental.

6. Rotulación bilingüe parcial por parte del Consejo Comarcal de El Bierzo de su cartelería, letreros, membretes, mobiliario, vehículos, etc. Así el idioma gallego tendrá una visibilidad institucional tan necesaria para iniciar su uso normalizado dentro de la administración.

7. Creación del servicio lingüístico por parte del Consejo Comarcal de El Bierzo. Este servicio tendrá como función la promoción del gallego por parte de las administraciones locales (CCB, municipios y pedanías).


8. Edición de folletos turísticos bilingües, caso de los espacios naturales y rutas turísticas referidas a El Bierzo occidental, así como de un mapa bilingüe de la región natural. Se pueden elaborar folletos turísticos en gallego, para espacios naturales periféricos  de Galicia y El Bierzo, en colaboración con instituciones de Galicia (Xunta, deputaciois y concellos). 

9. Edición de vocabularios sobre los espacios urbanos y rurales de El Bierzo para que puedan ser utilizados posteriormente por los ayuntamientos y juntas vecinales en sus paisajes lingüísticos locales. Estos léxicos serán publicitados en el portal del CCB. Los citados vocabularios pueden ser elaborados por entes culturales de El Bierzo.

10. Publicación del derecho consuetudinario de El Bierzo en su lengua gallega en el portal del CCB. La recopilación de las instituciones del derecho comunal local se puede realizar por los entes culturales e investigadores particulares.        

 Ponferrada, septiembre de 2017.

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martes, septiembre 05, 2017

FUNDAMENTACIÓN HISTÓRICO-LINGÜÍSTICA NO BIERZO.


FUNDAMENTACIÓN HISTÓRICO-LINGÜÍSTICA.
por Colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo.
falaceibe@yahoo.es

La presencia de la lengua gallega en la región de El Bierzo se constata desde la Edad Media. Así se atestigua en la documentación conservada en los cartularios de los monasterios de Carracedo o S. Andrés de Espinareda. Pero las Cortes de Toledo de 1480 determinaron el examen de castellano de los escribanos, lo que determinó la eliminación del gallego institucional. Otros hechos históricos que determinaron el repliegue del gallego fueron: la derrota y expulsión del conde de Lemos, la compra de Ponferrada por la Corona (1486), la llegada de nobleza foránea al marquesado de Villafranca o las mercedes y ventas de cargos a castellanos (corregimiento, regimientos, etc).


La lengua gallega pervivió en el desarrollo institucional de los concejos. Sin embargo, las ordenanzas locales fueron escritas, en castellano, ya que precisaban la aprobación de los corregidores o alcaldes mayores señoriales. El gallego oral también estuvo presente en las juntas generales de las jurisdicciones señoriales aunque sus actas se redactaron en castellano.

En la Edad Moderna el gallego pervivió en el mundo rural. Así lo percibió el viajero Bernardo de Aldrete (1612), "los más políticos hablan bien el castellano, pero los no tanto i mugeres el leonés que tira a gallego". En el  XVIII fray Martín Sarmiento hizo una defensa loable a favor de la presencia del gallego en la enseñanza.


En el siglo XIX hay una mayor conciencia literaria sobre la presencia del gallego en El Bierzo. Varios intelectuales dignificaron este idioma con su escrita. Fueron los casos de: I. Andrés Ovalle, A. Fernández y Morales, J. Bálgoma Suárez o F. de Llano Ovalle.

Tampoco podemos olvidar la existencia de una variada literatura oral. Diversas fueron sus manifestaciones que llegan hasta la actualidad: contos, adiviñas, refrans, conxuros, etc. Otros instrumentos culturales son: os maios, canciones de seitura, vendima, adega o la toponimia.


Otra manifestación institucional en gallego proviene de nuestro derecho consuetudinario local. Este se concreta en las propiedades agroganaderas (hortas, eiros, brañas…), explotaciones comunales (searas, bouzas, veceiras, faceiras…), vías de comunicación (camiños, corredoiras, vieiros...), etc.

En la actualidad son numerosos los investigadores que destacan la presencia de la lengua gallega en El Bierzo. Estudios dialectológicos con F. Fernández Rei, toponímico con J. García y García, filológico con A. Seco Orosa, etc.


La lengua gallega de El Bierzo ha tenido una presencia histórica y social continuada hasta la actualidad. A nivel institucional, con predominio ágrafo y de la oralidad, ha pervivido en el seno de los entes locales menores (concejos y pedanías). Por eso no se puede entender la exclusión actual del gallego del resto de instituciones locales (Consejo Comarcal Berciano y los ayuntamientos). Esta injusticia institucional debe ser reparada en base a la legitimidad lingüística de los bercianos gallegohablantes.

O BIERZO, SETEMBRO DE 2017.

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