martes, septiembre 01, 2020

LOS GRANDES TOPÓNIMOS TERRITORIALES DE EL BIERZO.



LOS GRANDES TOPÓNIMOS TERRITORIALES DE EL BIERZO.

por Javier Lago Mestre.

El Bierzo es una región natural formada por una gran diversidad de comarcas y valles. Además, nuestra región presenta varias lenguas en contacto. En el occidente el gallego, en el oriente el leonés. Por su parte, el castellano llegó desde tierras meseteñas por imposición  de los poderes institucionales foráneos (Corona, Estado…). Estas dinámicas histórica, geográfica, cultural y política han condicionado la toponimia de El Bierzo.

                Así por ejemplo, hay topónimos compartidos por varias lenguas. Como ejemplo, Foncebadón para gallegos y bercianos y Fuencebadón en leonés, o Fornela/Forniella. Topónimos medievales como Oza o Berizo, de influencia gallega, han evolucionado a la digtongación leonesa en Valdueza y Bierzo. La imposición castellana en la toponimia se aprecia en Balboa, Valcarcel, Cornatel o Laguna de Castilla, perdiendo sus etimológicos Valboa, Valcarce, Cornatelo y Lagúa. 

                Pero en esta ocasión queremos prestar más atención a los grandes topónimos territoriales. Comenzamos por El Bierzo que en un principio se restringía a un pequeño territorio situado en el centro de la cuenca del Sil. Nos referimos a los límites del antiguo arciprestazgo eclesiástico de El Bierzo que se extendía por Arganza, Carracedelo y Cubillos. Otros arciprestazgos vecinos fueron los de Boeza, Ribas del Sil, Cabrera (Alta), ribera de Losada (Cabrera Baja) y ribera de Urbía (Cornatelo, Valdueza y Meruelo).



                El topónimo Bierzo evolucionó al referirse a amplios territorios, los medievales Bergido, Berizo y Bierzo que representan un condado, una provincia (siglo XI) y una merindad (siglo XIII). Posteriormente, aparecen la sacada fiscal de El Bierzo (siglo XIV) y la provincia de El Bierzo (1486) con los Reyes Católicos, bajo el mando del corregidor de Ponferrada. Esta provincia se perpetuó a los largo de toda la Edad Moderna y creo la conciencia colectiva provincialista berciana. Y no podemos olvidar la provincia de Villafranca durante el Trienio liberal (1820-1823).

                Otro curioso topónimo es Ancares. Fue inicialmente un valle, conocido como Real Valle de Ancares en la Edad Moderna. Hoy el topónimo ha evolucionado a Os Ancares y abarca amplios territorios vecinos de El Bierzo y Galicia. Incluso desde León intentan apropiarse del topónimo con la referencia a Los Ancares leoneses, cuando su denominación correcta debería ser Ancares bercianos. Pero estos ejemplos no son los únicos de la evolución del topónimo Ancares. Recordamos que existió la vereda de Ancares que coincidía territorialmente con el arciprestazgo de Ribas del Sil, éste dependiente del obispado de Oviedo.  Las veredas eran distritos territoriales ordenados para transmitir las órdenes reales. En la provincia de El Bierzo existieron 6 veredas, a saber, de Ancares, Galicia, Bembibre, Ponferrada, Puente y Castilla. Estos cambios toponímicos han supuesto que la comarca dos Ancares lucenses en Galicia  sustituya a la antigua tierra de Cervantes. Y la reserva de la biosfera de Los Ancares bercianos se extiende por A Somoza y valles de Ancares y Fornela.

                Otros topónimos que han evolucionado son los antiguos concejos generales de Ribas del Sil que pasaron a ser los municipios liberales de Páramo y Palacios del Sil. Por cierto, ahora los dos municipios están integrados democráticamente en el Consejo comarcal de El Bierzo. Esto es un ejemplo de su vinculación política e institucional con El Bierzo. Por su parte, la comarca natural de Laciana no consigue su unidad territorial sin Palacios y Páramo.



                La provincia de El Bierzo perdió la jurisdicción de Lucillo, en La Somoza maragata, que aparecía en los censos fiscales de la Edad Moderna. Y la merindad de Aguiar también quedó dividida en dos, al sustraerse los territorios del norte de Valdeorras, el conocido como marquesado. Una pena que no se haya hecho uso de la posibilidad legal de crear una mancomunidad en este territorio colindante, entre los concellos de Valdeorras y bercianos vecinos.

                El Bierzo es un caso único en la formación de vínculos institucionales, antes con las provincias históricas y ahora con la Comarca. Solo hay que ver los fracasos en los territorios vecinos. Son los casos de Laciana y Valdeorras que no ha conseguido ni la comarca ni la mancomunidad intermunicipal. Por eso, el ejemplo a seguir por ellos es El Bierzo que les ofrece la integración en una institución política y territorial consolidada. Además, El Bierzo representa una marca territorial y económica de reconocido prestigio español e internacional.

O Bierzo, setembro de 2020.


http://sites.google.com/site/obierzoxa http://www.facebook.com/xabierlagomestre www.twitter.com/obierzoxa http://www.blogoteca.com/obierzoxa http://obierzoceibe.wordpress.com http://www.ciberirmandade.org/falaceive www.ponferrada.org www.partidodelbierzo.es

Etiquetas: , , , , , , , ,

lunes, agosto 31, 2020

FUNDAMENTOS TERRITORIALES DE LA REIVINDICACIÓN BERCIANISTA.



FUNDAMENTOS DE LA REIVINDICACIÓN

TERRITORIAL DE EL BIERZO.

Colectivo cultural Fala Ceibe do Bierzo.

HECHOS DIFERENCIALES DE EL BIERZO.

1.       GEOGRÁFICOS. El Bierzo es una región que forma parte de la cuenca hidrográfica del Sil Este. El Bierzo está formado por diversas comarcas y valles (Boeza, La Cabreira Baja, Ancares, Valdueza, etc). Este amplio territorio se caracteriza también por su delimitación montañosa, aislamiento geográfico y alejamiento de otros centros urbanos de poder. La región de El Bierzo tiene un fuerte poder de influencia (comercial, sanitaria, educativa, etc) sobre comarcas vecinas (Valdeorras, Laciana,  Cervantes…). El Bierzo representa una marca de calidad económica y prestigio territorial que incentivará la agregación de zonas vecinas (Laciana, La Cabreira…), como ya aconteció con Páramo, Palacios y Benuza. Esta dicha marca de calidad territorial de El Bierzo no puede ser sustituida por otra, como puede ser la de región Sileste, para satisfacer la integración futura de Laciana o Valdeorras. La capitalidad ponferradina representa un potencial urbano (demográfico, sectores industrial y servicios) que compite con otros centros urbanos foráneos.

2.       HISTÓRICOS. La dinámica institucional histórica de El Bierzo viene representada por el condado, provincia moderna (desde 1486 a 1833), provincia de Villafranca (Trienio liberal) y la Comarca actual. Estas instituciones históricas son fundamento de la reivindicación berciana, porque representan una trayectoria institucional que debe ser respetada por las negociaciones políticas descentralizadora futuras. No se puede pasar por alto la presencia de concejos rurales, con mayor antigüedad que los ayuntamientos del siglo XIX. Los dichos concejos son instituciones históricas de El Bierzo y son fundamento de la democracia rural.

3.       BERCIANISMO SOCIAL. La reivindicación política berciana es secular, casos de las demandas provincialistas del siglo XIX o de la Transición democrática (desde 1975),y ha continuado en el siglo XXI con las demandas descentralizadores en la Comarca de El Bierzo. La conciencia bercianista se plama también en las encuestas sociológicas (nulo leonesismo y castellanismo), la existencia de sucesivos partidos bercianistas, etc.

4.       CULTURALES. Desde la Edad Media existen en El Bierzo tres lenguas, castellano, gallego y leonés. La comunidad galegofalante destaca por su capacidad reivindicativa de derechos lingüísticos, con reconocimiento parcial  de éstos por el ordenamiento jurídico estatal,  autonómico y comarcal. Por la contra, el leonés es reivindicado por el leonesismo foráneo.   


  

FUNDAMENTOS REIVINDICATIVOS.

1.       Los bercianos siempre han mostrado sus aspiraciones históricas de reconocimiento territorial (identificación con instituciones unitarias como condado, provincias y Comarca), además de las demandas descentralizadoras (políticas, educativas, sanitarias, comunicaciones, etc.

2.       Los poderes institucionales superiores (Estado, Comunidad Autónoma, Diputación de León) imponen sus normativas y divisiones territoriales a El Bierzo (casos de las provincias o comarcas). Por eso El Bierzo debe adaptarse a los ordenamientos jurídicos, en cada coyuntura política, y negociar la concesión de la mejor institución territorial. Para facilitar la capacidad de elección es bueno que haya una amplia oferta de posibles instituciones (Provincia, región, comarca, unidad funcional), y negociar la que mejor se adapte a nuestros intereses en cada  coyuntura política.

3.       Ejercicio del derecho democrático de segregación (de León y Castilla) y anexión (a Galicia o región leonesa).

4.       Siempre elección directa de nuestros representantes políticos. Nuestra tradición histórica es la elección directa en los concejos rurales, pero se nos ha impuesto la elección indirecta en el Consejo coamrcal. La elección directa fortalece la legitimidad democrática de nuestas instituciones por eso nos la niegan las instituciones superiores.

5.       La división territorial de El Bierzo debe ser por comarcas para conceder una equilibrada representación. Para ello hay que procurar comarcas con denominación identitaria histórica (A Cabreira, Laciana…) y no los artificales nombres de los distritos electorales actuales del Consejo comarcal, impuestos por la Junta de CyL.



6.       El Consejo general de El Bierzo (CGB) como institución regional formada por comarcas, no por municipios del siglo XIX. Se trata de superar la dependencia institucional respecto a los municipios que restringuen nuestra autonomía política. El ordenamiento estatal protege a los municipios. Por eso nos referimos al CGB como ente territorial supracomarcal o supramunicipal, para nada intermunicipal que daría protagonismo a los municipios.

7.       La gestión política del Consejo general de El Bierzo se fundamenta en los intereses  generales propios (territoriales, identitarios, culturales, lingüísticos…). Además habrá traspasos y delegaciones de competencias de otras instituciones (Estado, Junta de Cyl, Diputación de León), en base a los principios de descentralización, cercanía de servicios públicos, etc.

8.       El Bierzo podará establecer relaciones exteriores. La vecindad con Galicia y los vínculos culturales históricos son fundamento del derecho a establecer relaciones exteriores (con convenios o protocolos) sin la tutoría de la Junta de CYL.

9.       El reconocimiento territorial de El Bierzo debe ser unitario y foráneo. Esto significa que las divisiones territoriales del Estado, Junta de CyL y Diputación de León deben respetar siempre la unidad territorial de El Bierzo y no contribuir a su división interna.

O Bierzo, agosto de 2020
www.obierzoceibe.blogspot.com

http://sites.google.com/site/obierzoxa http://www.facebook.com/xabierlagomestre www.twitter.com/obierzoxa http://www.blogoteca.com/obierzoxa http://obierzoceibe.wordpress.com http://www.ciberirmandade.org/falaceive www.ponferrada.org www.partidodelbierzo.es

Etiquetas: , , , ,

martes, marzo 10, 2015

24 ANIVERSARIO DEL CONSEJO COMARCAL DE EL BIERZO.


BALANCE DE UN NUEVO ANIVERSARIO LA COMARCA DE EL BIERZO,
Por Xabier Lago Mestre.

Por Ley autonómica 1/1991, de 14 de marzo, se creó la Comarca de El Bierzo. Nuestra   principal institución territorial cumple 24 años de existencia jurídica. A esto hay que unir que en mayo tendremos elecciones municipales que fijarán la nueva composición del Pleno del Consejo Comarcal. Recordamos que la reforma de la mencionada Ley, en 2010, estableció un nuevo sistema electoral que buscó un mayor equilibrio en la representación territorial a través de la delimitación de 6 distritos electorales. 

Así pues, está a punto de rematar el mandato de nuestros consejeros comarcales. Y en el  balance de estos últimos cuatro años de política comarcal hay poco que destacar. La famosa Ley estatal de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, de 2012, fijó unos criterios muy restrictivos en el control del gasto público para todas las administraciones públicas. El  Consejo Comarcal de El Bierzo se vio muy afectado por la aplicación de esta Ley a la hora de reducir sus deudas, lo que condicionó su gestión administrativa ordinaria. Por su parte, la Junta de Castilla y León aprovechó esta negativa coyuntura económica para condicionar a la baja la financiación presupuestaria del Consejo Comarcal. Todavía estamos esperando la negociación y la firma de un nuevo Convenio Cuatrienal, entre las dos administraciones, que establezca el desarrollo competencial de El Bierzo. Esta falta de Convenio Cuatrienal va en contra del artículo 6.2 de nuestra Ley, y significa un claro incumplimiento político por la Junta de Castilla y León.


La falta de la aprobación del comentado Convenio Cuatrienal también demuestra la carencia reivindicativa del actual Presidente del Consejo Comarcal. En esta dinámica negativa hay que incluir la existencia de las mancomunidades municipales que no han podido ser sustituidas por el Consejo Comarcal. Además tenemos la Ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León (2013) que fija las áreas urbanas, caso de Ponferrada y sus municipios limítrofes, así como unidades básicas de ordenación, tanto rurales como urbanas. Esta Ley no respeta la especificidad territorial e histórica de El Bierzo, solamente se dice que “en el proceso de delimitación del mapa de unidades básicas se oirá también al Consejo Comarcal de El Bierzo” (disposición adicional segunda).

Entre los aspectos positivos de la gestión política del Consejo Comarcal tenemos la creación del Banco de Tierras, en este caso a través de un convenio con la Diputación de León. El mayor esfuerzo reivindicativo se ha producido en la gestión turística del paraje minero de Las Médulas, al que tenemos que añadir el tema de la recuperación de los canales romanos. El Consejo Comarcal sigue apoyando a los pueblos en la realización de pequeñas obras y el asesoramiento jurídico pero debe hacer mucho más por nuestros núcleos rurales en la prestación de servicios públicos.


EL EJEMPLO DE ARÁN Y SU REFORMA LEGAL.

Cuando se iniciaron los debates políticos sobre los proyectos de Ley de la Comarca de El Bierzo hubo un claro antecedente en la Ley sobre el Régimen Especial del Valle de Arán (1990). Recientemente se ha vuelto a reformar esa Ley catalana mediante un nuevo texto jurídico de 93 artículos, nuestra Ley de la Comarca sólo cuenta con 30. Esta diferencia entre ambos contenidos ya indica el interés descentralizador en una y otra institución territorial. Por supuesto que Arán y El Bierzo tienen diferencias históricas e institucionales. Pero sorprende que el Parlament de Catalunya ceda tanto poder  a un pequeño territorio de los Pirineos mientras que El Bierzo haya tenido una mínima concesión de las Cortes de Castilla y León en la reforma legal de 2010.

Veamos un poco del contenido de la nueva Ley de Arán. Se habla de una "comunidad política de naturaleza territorial" y un "régimen especial reconoce el derecho y la realidad de la organización institucional, política y administrativa" que bien se podría aceptar también para El Bierzo. Por lo que se refiere a la organización institucional, existen órganos comunes con nuestro Consejo Comarcal, casos del Presidente (llamado Sindico), el Consejo de Gobierno o el Pleno. Otros órganos diferentes y necesarios son: la Auditoría de Cuentas (fiscalización de cuentas), el Proom d´Aran (Defensor del pueblo) o la Comisión de Patrimonio (funciones de asesoramiento). 


Merece destacarse el amplio título de potestades y competencias (artículos 47 al 78), muchas de ellas bien podrían ser asumidas por nuestro Consejo Comarcal de El Bierzo. Todo esto es reflejo de la fuerte voluntad política descentralizadora que hay en Catalunya frente a la escasa de las Cortes de Castilla y León. Por lo que toca al financiamiento, se crea un Fondo específico para la financiación del Consejo General de Arán, cuyos recursos tienen una garantía legal, "el fondo debe fijarse de acuerdo con el coste efectivo que comporta para el Consejo General de Arán el ejercicio de sus competencias" y "deben ser transferidos por trimestres avanzados”. Sin embargo, nuestro Consejo Comarcal sigue soportando los retrasos de la financiación condicionada de la Junta de Castilla y León.   

LA RECUPERACIÓN DEL DEBATE COMARCAL.

La reforma de la Ley de la Comarca de El Bierzo de 2010 dejó muchas cuestiones fuera del debate político. Resultan lamentables las grandes carencias relacionadas con la simbología berciana (capitalidad administrativa y cultural, territorio, bandera, escudo, fiesta…), en un claro intento por desactivar nuestra identidad berciana, el respeto por la singularidad de El Bierzo al integrarlo en las divisiones territoriales de Castilla y León, el reconocimiento material de las lenguas gallega y asturleonesa, la fijación de las relaciones del Consejo Comarcal con otras instituciones, la capacidad específica de iniciativa legislativa de El Bierzo, la participación ciudadana, etc. Esperemos que las próximas elecciones autonómicas y municipales reabran el necesario debate comarcal de El Bierzo.

O Bierzo, marzo de 2015.  

http://sites.google.com/site/obierzoxa http://www.facebook.com/xabierlagomestre www.twitter.com/obierzoxa http://www.blogoteca.com/obierzoxa http://obierzoceibe.wordpress.com http://www.ciberirmandade.org/falaceive www.ponferrada.org www.partidodelbierzo.es

Etiquetas: , , ,